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De La Espriella sanciona ley 2640 que establece nuevas reglas para el sometimiento a la justicia

De La Espriella sanciona ley 2640 que establece nuevas reglas para el sometimiento a la justicia

El presidente de la República, Abelardo De La Espriella, sancionó la Ley 2640 del 4 de noviembre de 2026, una nueva normativa que establece las condiciones para el sometimiento individual o colectivo de organizaciones armadas ilegales a la Constitución y la ley, con el propósito de contribuir al desmantelamiento de sus estructuras criminales, proteger a la población civil y avanzar en la transformación de los territorios afectados por la violencia.

La legislación modifica, adiciona y prorroga disposiciones de la Ley 418 de 1997, conocida como Ley de Orden Público. Además, establece mecanismos para combinar las acciones de la Fuerza Pública y las autoridades judiciales con procesos de sometimiento voluntario, bajo el respeto de los derechos de las víctimas, la independencia judicial y la autonomía de la Fiscalía General de la Nación.

La norma contempla compromisos relacionados con la entrega de armas, el suministro de información, el cese de actividades ilícitas, la reparación de las víctimas y el tránsito a la legalidad de quienes cumplan las condiciones establecidas.

Sometimiento de grupos armados en dos fases

La ley establece que los procesos colectivos de sometimiento se desarrollarán en dos etapas. La primera será administrativa y estará a cargo del Gobierno Nacional, mientras que la segunda corresponderá a las autoridades judiciales.

Durante la fase administrativa, los delegados del Gobierno recibirán la solicitud de sometimiento, que deberá incluir información sobre la estructura de la organización, sus integrantes, mandos, áreas de influencia, armamento, redes de apoyo, financiadores, bienes y economías ilícitas.

También deberá suministrarse información relacionada con personas desaparecidas, secuestradas y menores de edad reclutados.

Esta primera etapa tendrá una duración máxima de tres meses y podrá prorrogarse una sola vez por un periodo igual, siempre que exista una justificación debidamente sustentada.

Posteriormente, las autoridades judiciales tendrán la responsabilidad de establecer las responsabilidades individuales, valorar los aportes a la verdad y la reparación, verificar el cumplimiento de los compromisos y determinar las consecuencias penales correspondientes.

Verdad, desarme y desmantelamiento de las economías criminales

La legislación establece siete condiciones principales para acceder al tratamiento penal diferenciado. Entre ellas se encuentran la identificación de los integrantes de la organización, la entrega de las armas, la identificación y entrega de menores reclutados y el suministro de información sobre personas secuestradas y desaparecidas.

También exige el cese de las actividades ilícitas y la entrega de información que permita identificar las fuentes de financiación, los bienes, las rutas, las economías ilegales y las redes de apoyo de las estructuras criminales.

El ocultamiento de información sobre personas desaparecidas puede ocasionar la revocatoria del tratamiento penal diferenciado.

Adicionalmente, los integrantes que se sometan deberán contribuir a actividades como la erradicación de cultivos ilícitos, el desminado humanitario y la recuperación ambiental de territorios afectados por la explotación ilegal de recursos naturales.

Rebajas de penas y condiciones para acceder a ellos

Uno de los componentes de la Ley 2640 es el tratamiento penal diferenciado, que contempla reducciones de las penas condicionadas al cumplimiento de los compromisos y a los aportes verificables a la verdad, la reparación de las víctimas y el desmantelamiento de las estructuras criminales.

La normativa establece una rebaja punitiva de hasta el 50 % de la pena acumulada para quienes cumplan las condiciones previstas. En el caso de quienes hayan ejercido funciones de mando y liderazgo, la reducción será del 30 %.

Sin embargo, la ley contempla restricciones especiales cuando se presenten nuevos casos de reclutamiento de menores de edad después de su entrada en vigencia. En esas circunstancias, las rebajas no podrán superar el 10 % para quienes hayan ejercido funciones de mando y el 30 % para quienes no tengan ese rol.

La norma también contempla modalidades de cumplimiento de medidas de aseguramiento en centros de arraigo transitorios y la ejecución de penas en colonias agrícolas o cárceles productivas, bajo condiciones que garanticen una restricción efectiva de la libertad.

Transformación territorial integral

Otro de los ejes de la legislación es la Transformación Territorial Integral (TTI), una estrategia que busca fortalecer la presencia del Estado en las zonas afectadas por la violencia y las economías criminales.

Este mecanismo articula acciones civiles, sociales, económicas, de seguridad y justicia para fortalecer la institucionalidad, promover economías legales y sostenibles, adelantar acciones restaurativas y prevenir la reconfiguración de organizaciones armadas ilegales.

Su implementación deberá coordinarse con el Plan Nacional de Desarrollo y promover su incorporación en los planes departamentales y municipales.

Programas de tránsito a la legalidad y reincorporación

La Ley 2640 también establece que el Gobierno Nacional deberá diseñar programas de tránsito a la legalidad para facilitar la reintegración social y económica de los integrantes de las organizaciones que se sometan a la justicia y cumplan los requisitos.

La Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN) tendrá a su cargo el diseño, la ejecución y la evaluación de estos programas, en coordinación con las demás entidades competentes.

Por su parte, los ministerios del Trabajo y de Educación establecerán los lineamientos de política pública, mientras que el SENA desarrollará programas de formación profesional relacionados con las necesidades laborales y las oportunidades productivas de cada territorio.

Entre las medidas contempladas están el acceso a educación superior, el acompañamiento psicológico y socioemocional, los proyectos productivos y las rutas de empleo. También se priorizan actividades como la agricultura sostenible, la pesca artesanal, el ecoturismo y la recuperación de zonas afectadas por la minería ilegal y los cultivos ilícitos.

Reparación de las víctimas y garantías de participación

La reparación de las víctimas constituye otro componente central de la nueva legislación. Para ello, se contempla la creación de un programa de reparación individual por vía administrativa dirigido a quienes hayan sido afectados por estructuras de crimen organizado.

Las sentencias condenatorias deberán establecer las obligaciones de reparación, los bienes y recursos comprometidos, los plazos, los responsables y los mecanismos de verificación. Además, las víctimas y comunidades afectadas tendrán prioridad en la destinación de los bienes y activos provenientes del comiso.

La ley reconoce nueve derechos de participación para las víctimas, entre ellos aportar pruebas, interponer recursos, recibir representación judicial, conocer los avances de las investigaciones e intervenir en las audiencias.

En los casos de violencia sexual, se establecen garantías de intimidad, privacidad y confidencialidad, así como acompañamiento psicosocial y medidas para evitar la revictimización.

Finalmente, el Ministerio de Justicia tendrá la responsabilidad de hacer seguimiento a la implementación de la Ley 2640 y presentar anualmente al Congreso un informe público sobre sus avances, resultados y dificultades.

La evaluación tendrá en cuenta indicadores como el desmantelamiento de las estructuras criminales, la reducción de la violencia, la reparación de las víctimas, la entrega de menores reclutados, la localización de personas desaparecidas y la destinación de bienes a la reparación y transformación territorial.

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