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Ley de Garantías

Procuraduría presentó las principales recomendaciones durante la Ley de Garantías 2023

La Procuraduría General de la Nación, dentro de la vigilancia preventiva que realiza al proceso electoral de 2023, presentó las recomendaciones generales para dar cumplimiento a la Ley de Garantías Electorales, especialmente, en lo relacionado con la prohibición de celebrar convenios o contratos administrativos, modificación de plantas de personal, participación en política de servidores públicos, y a la observancia del principio de la planeación.

A través de la Directiva 010 destinada a gobernadores, alcaldes, secretarios, gerentes, directores y ordenadores del gasto en entidades descentralizadas del orden municipal, departamental y distrital, el ente de control invitó a servidores públicos para que continúen con el normal desarrollo durante el período de restricción, cumplan los cronogramas de actividades y la gestión obedezca a sus planes de desarrollo previamente aprobados.

Recomendaciones

Como parte de las “Prohibiciones a las autoridades para elecciones locales y departamentales” durante la Ley de Garantías Electorales que inició el pasado 29 de junio y culminará el 29 de octubre, la Procuraduría recordó que no está permitido celebrar convenios interadministrativos para ejecutar recursos; participar, promover o destinar recursos públicos para reuniones de carácter proselitistas, inaugurar obras públicas o iniciar programas de carácter social en reuniones o eventos en los que participen candidatos o voceros de partidos políticos, así como modificar las plantas de personal, entre otras.

En lo que respecta a los servidores públicos y quienes cumplan funciones públicas, reiteró la Directiva 07 de 2023, donde se especifican cuáles son las prohibiciones y conductas relacionadas con la intervención en actividades de los partidos políticos y en controversias políticas.

En materia de contratación, recomendó tener en cuenta las excepciones a las prohibiciones en materia de contratación, entre estas, para cubrir emergencias educativas, sanitarias y desastres, así como los utilizados para la reconstrucción de vías, puentes, carreteras, infraestructura energética y de comunicaciones, en caso de que hayan sido objeto de atentados, acciones terroristas, desastres naturales o casos de fuerza mayor, así como los que deban realizar las entidades sanitarias y hospitalarias.​

El documento también resaltó las excepciones a la prohibición de vinculación de la planta estatal que excluye la provisión de cargos por faltas definitivas (muerte o renuncia irrevocable al cargo debidamente aceptada).

La Procuraduría recordó que los Comités Territoriales de Control Electoral solicitarán la información que consideren necesaria e igualmente, programarán y practicarán las visitas preventivas para la vigilancia y verificación del cumplimiento de las restricciones allí establecidas. Así mismo, permanecerán atentos a los instructivos que expida la Comisión Nacional de Control Electoral.

Finalmente, invitó a la ciudadanía a ejercer el control ciudadano y presentar las quejas relacionadas con hechos, situaciones o conductas que vulneren lo dispuesto en el artículo 38 de la Ley 996 de 2005, para lo cual habilitó el correo electrónico quejas@procuraduria.gov.co y la página web de la entidad.

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