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Corpamag informa a la opinión pública sobre decisiones relacionadas con la operación del Ferry en Salamina

Corpamag informa a la opinión pública sobre decisiones relacionadas con la operación del Ferry en Salamina

Ante la información que ha circulado recientemente en algunos medios de comunicación y redes sociales relacionada con la operación del Ferry en Salamina, la Corporación Autónoma Regional del Magdalena – CORPAMAG se permite informar a la opinión pública que recibió una invitación por parte de la Alcaldía Municipal de Salamina para participar en una mesa de trabajo interinstitucional convocada para el día de hoy 13 de marzo de 2026.

Dicho espacio fue planteado en el marco de la ejecución de la Resolución No. 3400 del 22 de agosto de 2025, mediante la cual esta autoridad ambiental impuso una medida preventiva de suspensión inmediata de las actividades de ocupación de cauce a las empresas Sociedad de Transporte Fluvial de Carga en la modalidad de Transbordador – TRANSDIER S.A.S. y Servicio y Mantenimiento de Equipos Fluviales y Terrestres del Caribe – FLUTECAR E.A.T., relacionadas con la operación del transbordador en el municipio de Salamina, Magdalena.

No obstante, CORPAMAG informa que no podrá asistir a la reunión convocada, debido a que ayer 12 de marzo de 2026 se surtió la notificación de la Resolución No. 0661 del 6 de marzo de 2026, por medio de la cual se niega la solicitud de permiso de ocupación de cauce presentada por la empresa TRANSDIER S.A.S. para la adecuación de una zona de maniobras y puntos de amarre sobre la margen derecha del río Magdalena, en jurisdicción del municipio de Salamina.

La decisión adoptada por la Corporación se fundamenta en que la solicitud presentada no cumple con los requisitos técnicos, ambientales y administrativos exigidos por la normatividad vigente para este tipo de autorizaciones. Es importante precisar que este acto administrativo no se encuentra en firme, ya que es susceptible de recurso de reposición en los términos establecidos en el artículo 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

En ese sentido, la participación del Director General o de funcionarios del nivel directivo de la Corporación en la mesa de trabajo convocada, mientras el acto administrativo se encuentre en etapa de ejecutoria, podría comprometer la seguridad jurídica de las actuaciones administrativas que adelanta la entidad, así como el cumplimiento de la medida preventiva y del proceso sancionatorio ambiental que actualmente se sigue contra las empresas investigadas.

CORPAMAG reitera que todas sus decisiones se adoptan con base en criterios técnicos, jurídicos y ambientales, orientados a la protección del río, la seguridad de las comunidades y el cumplimiento de la normatividad ambiental vigente.

La entidad precisa que sus actuaciones no buscan ni tienen como propósito aislar al municipio de Salamina de sus actividades económicas, sociales o del acceso a servicios como la salud. Por el contrario, las decisiones adoptadas responden al deber legal de prevenir riesgos, evitar posibles escenarios de desastre y proteger el entorno natural, con fundamento en estudios y análisis técnicos en los cuales se evidencia la alta vulnerabilidad de la zona a procesos de socavación en el sector del ferry.

De esta manera, la Corporación cumple con su responsabilidad institucional de garantizar que las actividades que se desarrollen en la zona se realicen bajo condiciones seguras y conforme a la normatividad ambiental vigente.

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